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Es posible que haya oído el mito de que «los mineros son intermediarios financieros».

En el contexto de la regulación, esto significa esencialmente «una entidad que puede gestionar o controlar una transacción».

Dado que la entidad puede controlar una transacción, se les exige que cumplan una normativa específica para ofrecer una protección básica al consumidor. Estas regulaciones son una carga demasiado grande para que los individuos las gestionen y, como resultado, si los mineros fueran intermediarios financieros significaría que sólo las grandes corporaciones acabarían siendo dueñas de la red.

En las redes de criptomonedas, usted crea una transacción firmando la acción que desea realizar con su clave privada y transmitiéndola a la red. Los mineros procesan entonces esa transacción.

Aunque un minero puede ver el contenido de la transacción, no puede modificar su transacción.

Mucha gente piensa que los mineros son grandes empresas corporativas, y aunque algunos lo son, muchos mineros son colectivos de individuos que ejecutan cada uno el software de minería.

En la regulación que rodea a los «intermediarios financieros» hacemos una importante distinción entre los intermediarios financieros y la infraestructura utilizada para acceder a ellos. El concepto importante aquí es la raíz de la palabra (en inglés) que es «mediar» o «intervenir en medio de una acción».

Por ejemplo, al entrar en su cuenta bancaria en línea para enviar dinero a otra persona, el banco está actuando como intermediario financiero. Tienen derecho a intermediar en la transacción. Pueden bloquearla, cambiarla, anularla, etc. Sin embargo, su proveedor de servicios de Internet, al que sigue necesitando para acceder a la banca online, no es un intermediario financiero. Aunque siguen transmitiendo su transacción bancaria a través de Internet, la normativa reconoce que no tienen capacidad ni autoridad para intermediar en la transacción.

Por eso las leyes actuales sobre transmisores de dinero, incluida la «Bitlicense» de Nueva York, eximen específicamente a los proveedores de servicios de Internet de ser considerados «intermediarios financieros».

Los mineros en un ecosistema de blockchain son muy parecidos. Transmiten y procesan la transacción, pero no tienen la capacidad de intermediar en ella. No, a menos que miles de mineros independientes de todo el mundo se coludan de repente para hacerlo, lo que tendría una desventaja económica para ellos.

En resumen, este mito simplemente no es cierto.

Los mineros no son intermediarios financieros y no deberían ser regulados como tales.

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